sábado, 22 de mayo de 2010

Al gran pueblo Argentino...salud!


Aunque el diseño de una tarjeta tenga un efecto visual importante, el contenido es lo relevante. Diseñé más de una, eligiendo algunas fotos y pinturas de la época. Pero también pensé en aquellos tiempos de vastos territorios, donde sus habitantes vivían casi a la intemperie, a merced de la naturaleza, sin ninguno de los servicios con los que hoy contamos.

Desde hace 200 años, la historia ha sido hojas de papel ajado por el tiempo, trascripto en infinidad de libros, releídos por niños, jóvenes y adultos en todas las latitudes del planeta. Muchas circunstancias vividas por protagonistas, que a veces eran lo que los textos decían y otras, palabras inventadas que más adelante fuimos descubriendo.

Nuestro corazón nunca falla a la hora de opinar, cuando hay certeza en lo que vamos conociendo. Supimos que la frase trillada de “mamá cocina y papá trabaja” tenía una carga de discriminación que ni imaginábamos entonces. Como si ambos no fueran trabajos y siempre en ese concepto de que una madre desde permanecer en su casa y el hombre afuera para traer el sustento. Mucho podemos opinar y tal vez polemizar al respecto, que no es idea de estas líneas.

Nos enteramos, que la Primera Bandera Argentina, se exhibe en el Museo de Sucre, en Bolivia y no podemos entender porque no está en nuestro país.

Indagamos la realidad de nuestras culturas originarias, que después de que una aberrante y mal llamada ‘Conquista del desierto’ les arrebataron tierras, familias y dignidad, pero ya había un semillero de avenidas, escuelas, calles, ciudades, ferrocarriles y lugares, llamados Julio Argentino Roca.

A lo largo de 200 años, los Argentinos fuimos aprendiendo poco a poco, el verdadero significado de palabras, antes desconocidas o calladas, como ‘impunidad’, ‘lesa humanidad’, ‘genocidio’, ‘gobierno de facto’, ‘trata y desaparición forzada de personas’ ‘pederasta’, ‘corrupción’, ‘marginalidad’, ‘villa miseria’, ‘desnutrición’ y una interminable lista de nuevas palabras que siguen después apareciendo, como ‘corralito’, ‘devaluación’, ‘piquete’, ‘cacerolazo’, ‘mafia de medicamentos’, entre muchas más.

Mientras otras pierden su uso por el avance de la ciencia, nuevas surgen de la mano de enemigos externos, como ‘cólera’o ‘dengue’ y cobran lentamente fuerza, algunas siglas y términos por los que debemos trabajar en el día a día, como ‘Derechos Humanos’, ‘justicia social’, ‘dignidad’, ‘trabajo’, ‘seguridad’, educación’, ‘salud’, ‘cultura’, ‘ciencia’ y ‘tecnología’, ‘deporte’, ‘procreación responsable’, aceptación de la diversidad sexual y religiosa, entre otras.

Hemos leído libros, hemos pegado figuritas en los cuadernos, hemos armado obras de teatro en la fiesta escolar, hemos cantado marchas sin siquiera analizar sus letras, pero hay capítulos de esta misma historia argentina que en pocas horas cumple 200 años, que aún no están escritos. Tal vez, porque aún nadie se atreve, o porque quienes se atreven tienen alrededor una bandada de buitres que saben cuando salir de sus guaridas, para que sigamos con episodios silenciados.

Y los Argentinos, somos buena gente. Creemos, nos ilusionamos con que todo va a cambiar, que no habrá más niños mendigando por la calle, ni familias intentando vivir debajo de los puentes ni menores ultrajados, ni violencia en el fútbol, ni armas a dos pesos en cualquier lado, ni palabrotas en la tele, ni paco, ni alcohol, tabaco o drogas entre nuestros chicos. Deseamos que los jóvenes no abandonen sus estudios, que terminen las rateadas por el facebook. No queremos perder otra generación de jóvenes sin esperanzas ni futuro, ni asesinos al volante, ni autos cada vez más veloces en manos de ciudadanos comunes, ni picadas clandestinas, ni navidades sin juguetes, ni juguetes solo para los más ricos, ni ancianos desamparados, ni voces ahogadas en la garganta, ni tantas otras cosas que nos lastiman...

Queremos celebrar, lo merecemos, aunque sabemos que el camino es difícil y que deberíamos escuchar, evaluar y analizar cada actitud que sirva para salir adelante.

No enviaré una linda tarjeta con bellos textos inolvidables, ni siquiera un marco acorde a la histórica celebración.

Solo estas palabras que me dicta el corazón, que después seguramente todos olvidarán, por la vorágine cotidiana. El único anhelo que lleva, es la reflexión, para que nos unamos en un bien común, sin discriminaciones, ni violencia, ni egocentrismos.

Deseo como ciudadana argentina, que este bicentenario sea una visagra histórica entre las palabras y actitudes que debemos desterrar y las nuevas que debemos incorporar, por nuestros hijos, por nosotros y porque todavía es posible que esta bendita nación cure sus heridas y avance recuperándose como un ave fénix majestuosa.

A todos y cada uno de los argentinos y los que nos adoptaron como su patria, que el sol del 25 de mayo, brille en cada uno, como una antorcha que nos de fuerza, coraje, compromiso y esperanza para salir adelante.

¡Feliz Bicentenario de la Revolución de Mayo!

María Evelia Pérez Nicotra – Periodista-escritora-
San Luis- Argentina

analisisperiodistico2010@gmail.com

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Apuntes para la Historia del Bicentenario

Quisiera escribir muchos textos que en realidad, la mayoría de los argentinos, alguna vez leyó en la escuela o en libros históricos de investigación, pero analizando varios, creo que en estos tres, está la síntesis de lo que deseo expresar.

Primero, el pensamiento breve y concreto de las consecuencias de la Revolución de Mayo, de Juan Baustista Alberdi. En segundo término, el acta del día 25 de Mayo y por último el Acta de Instalación de la Junta.

Los tres son textuales, sin ninguna corrección, para que no pierdan sus autenticidad. En vez de noveno, leerán ‘nono’. Nadie me lo dijo nunca, pero advierto que así se escribía y he respetado todo el texto. Tómense un tiempo y como una ceremonia, imaginen que escuchan esa lectura, en el mismo lugar día, mes, y año, para impregnarnos un poco de ese aire patriótico que nos llevó a nuestra Independencia.

Alberdi escribió en sus “Escritos póstumos” lo siguiente:
“La revolución de Mayo de 1810, hecha por Buenos Aires, que debió tener por objeto único la independencia de la República Argentina respecto de España, tuvo además el de emancipar a la provincia de Buenos Aires de la Nación Argentina, o más bien el de imponer la autoridad de su provincia a la nación emancipada de España. Ese día cesó el poder español y se instaló el de Buenos Aires sobre las provincias argentinas."

Acta del día 25 de mayo

En la muy noble y muy leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa María de Buenos Aires, 25 de Mayo de 1810: los Señores del Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento, a saber, D. Juan José de Lezica y D. Martín Gregorio Yaniz, Alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil Mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal y Guarda, D. Andrés Dominguez, D. Tomás Manuel de Anchorena, D. Santiago Gutierrez, y el Dr. D. Julián de Leiva, Síndico Procurador general; se enteraron de una representación que han hecho a este Exmo. Cabildo un considerable número de vecinos, los Comandantes y varios oficiales de los cuerpos voluntarios de esta capital, por sí y a nombre del pueblo; en que, indicando haber llegado a entender que la voluntad de este resiste la Junta y Vocales que este Exmo. Ayuntamiento se sirvió erigir y publicar, a consecuencia de las facultades que se te confirieron en el Cabildo abierto de 22 del corriente; y porque puede, habiendo reasumido la autoridad y facultades que confirió, y mediante la renuncia que ha hecho el Sr. Presidente nombrado y demás Vocales, revocar y dar por de ningún valor la Junta erigida y anunciada con el bando de ayer, 21 del corriente; la revoca y anula: y quiere que este Exmo. Cabildo proceda a hacer nueva elección de Vocales que haya de constituir la Junta de Gobierno; y han de ser, los Señores D. Cornelio de Saavedra, Presidente de dicha Junta, y Comandante general de Armas, el Dr. D. Juan José Castelli, el Dr. D. Belgrano, D, Miguel Azcuenaga, Dr. D. Manuel Alberti, D: Domingo Mateu y D. Juan Larrea, y Secretarios de ella los Doctores, D. Juan José Passo y D. Mariano Moreno, cuya elección se deberá manifestar al pueblo por medio de otro bando público; entendiéndose ella bajo la expresa y precisa condición de que, instalada la Junta, se ha de publicar en el término de quince días una expedición de 500 hombres para auxiliar las provincias interiores del reino; la cual haya de marchar a la mayor brevedad, costeándote esta con los sueldos del Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, Tribunales de la Real Audiencia Pretorial de Cuentas, de la Renta de tabacos, con lo demás que la Junta tenga por conveniente cercenar: en inteligencia, que los individuos rentados no han de quedar absolutamente incongruos, porque esta es la Manifiesta voluntad del pueblo.

Y los Señores, habiendo salido al balcón de estas casas capitulares, y oído que el pueblo ratificó por aclamación el contenido de dicha pedimento o representación, después de haberse leído por mí en altas e inteligibles voces, acordaron: que debían mandar y mandaban, se erigiese una nueva Junta de Gobierno, compuesta de los Señores expresados en la representación de que se ha hecho referencia, y en los mismos términos que de ella aparece, mientras se erige la Junta general del virreinato.

Lo segundo, que los Señores, que forman la precedente corporación, comparezcan sin pérdida de momentos en esta Sala Capitular a prestar el juramento de usar bien y fielmente sus cargos, conservar la integridad de esta parte de los dominios de América a nuestro amado Soberano, el Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores, y observar puntualmente las leyes del reino.

Lo tercero, que luego que los referidos Señores presten el juramento, sean reconocidos por depositarios de la autoridad superior del virreinato, por todas las corporaciones de esta capital y su vecindario, respetando y obedeciendo todas sus disposiciones, hasta la congregación de la Junta general del virreinato; bajo las penas que imponen las leyes a los contraventores.

Lo cuarto, que la Junta ha de nombrar quien deba ocupar cualquiera vacante por renuncia, muerte, ausencia, enfermedad o remoción.

Lo quinto, que aunque se halla plenísimamente satisfecho de la honrosa conducta y buen procedimiento de los Señores mencionados, sin embargo, para satisfacción del pueblo, se reserva también estar muy a la mira de sus operaciones, y caso no esperado que faltasen a sus deberes, proceder a la deposición con causa bastante y justificada, reasumiendo el Exmo. Cabildo, para este solo caso, la autoridad que le ha conferido el pueblo.

Lo sexto, que la nueva Junta ha de celar sobre el orden y la tranquilidad pública, y seguridad individual de todos los vecinos, haciéndosele, como desde luego se le hace, responsable de lo contrario.

Lo séptimo, que los referidos Señores, que componen la Junta provisoria, queden excluidos de ejercer el poder judiciario, el cual se refundirá en la Real Audiencia, a quien se pasarán todas las causas contenciosas que no sean de gobierno.

Lo octavo, que esta misma Junta ha de publicar todos los días primeros del mes, un estado en que se dé razón de la administración de Real Hacienda.

Lo nono, que no pueda imponer contribuciones, ni gravámenes al pueblo o sus vecinos sin previa consulta y conformidad de este Exmo. Cabildo.

Lo décimo, que los referidos Señores despachen sin pérdida de tiempo órdenes circulares a los Jefes de lo interior y demás a quienes corresponda, encargándoles muy estrechamente, y bajo de responsabilidad, hagan que los respectivos, Cabildos de cada uno convoquen por medio de esquelas la parte principal y más sana del vecindario, para que, formado un Congreso de solos los que en aquella forma hubiesen sido llamados, elijan sus Representantes, y estos hayan de reunirse a la mayor brevedad en esta Capital para establecer la forma de gobierno que se considere más conveniente.

Lo undécimo, que elegido así el Representante de cada ciudad o villa, tanto los electores como los individuos capitulares, le otorguen poder en pública forma, que deberán manifestar cuando concurran a esta Capital, a fin de que se verifique su constancia; jurando en dicho poder no reconocer otro soberano que al Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores según el orden establecido por las leyes, y estar subordinado al gobierno que legítimamente les represente.

Cuyos capítulos mandan se guarden y cumplan precisa y puntualmente: reservando a la prudencia y discreción de la misma Junta el que tome las medidas más adecuadas para que tenga debido efecto lo determinado en el artículo diez, como también el que designe el tratamiento, honores y distinciones del cuerpo y sus individuos y que para que llegue a noticia de todos, se publique esta acta por bando inmediatamente, fijándose en los lugares acostumbrados. Y lo firmaron, de que doy fe.

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yaniz - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutiérrez - Dr. Julián Leiva - Licenciado, D. Justo José Nuñez, Escribano público y de Cabildo.

Acta de la instalación de la Junta

En la muy noble y muy leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa María de Buenos Aires, a 25 de Mayo de 1810: sin haberse separado de la Sala Capitular los Señores del Exmo. Cabildo, se colocaron a la hora señalada bajo de docel, con sitial por delante, y en él la imagen del Crucifijo y los Santos Evangelios; y comparecieron los Señores Presidente y Vocales de la nueva Junta Provisoria gubernativa, D. Cornelio de Saavedra, Dr. D. Juan José Castelli, Licenciado D. Manuel Belgrano, D. Miguel de Azcuénaga, Dr. D. Manuel Alberti, D. Domingo Mateu y D. Juan Larrea; y los Señores Secretarios Dr. D. Juan José Passo y Dr. D. Mariano Moreno, quienes ocuparon los respectivos lugares que les estaban preparados, colocándose en los demás los Prelados, Jefes, Comandantes y personas de distinción que concurrieron.

Y habiéndose leído por mí, el actuario, la acta de elección, antes de jurar expuso el Sr. Presidente electo, que en el día anterior había hecho formal renuncia del cargo de Vocal de la primera Junta establecida, y que sólo por contribuir a la tranquilidad pública y a la salud del pueblo, admitía el que le conferían de nuevo; pidiendo se sentase en la acta esta su exposición.

Seguidamente, hincado de rodillas, y poniendo la mano derecha sobre los Santos Evangelios, prestó juramento de desempeñar legalmente el cargo, conservar íntegra esta parte de América a nuestro augusto soberano, el Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores, y guardar puntualmente las leyes del reino.

Lo prestaron en los mismos términos los de más Señores Vocales por su orden, y los Señores Secretarios, contraído al exacto desempeño de sus respectivas obligaciones: habiendo expresado el Sr. D. Miguel de Azcuénaga, que admitía el cargo de Vocal de la Junta, para que por el Exmo. Cabildo y por una parte del pueblo había sido nombrado en este día, atento al interés de su buen orden y tranquilidad; más que debiendo ser la opinión, no sólo del Exmo. Cabildo, sino la universal de todo el vecindario, pueblo, y partidos de su dependencia, pedía se tomara la que faltase y la represente, para la recíproca confianza y seguridad de validez de todo procedimiento.

Finalizada la ceremonia, dejó el Exmo. Cabildo el lugar que ocupaba bajo de docel, y lo tomaron los Señores Presidente y Vocales de la Junta; y el Sr. Presidente exhortó al concurso y al pueblo a mantener el orden, la unión y la fraternidad, como también a guardar respeto y hacer el aprecio debido de la persona del Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros y toda su familia. Cuya exhortación repitió en el balcón principal de las casas capitulares, dirigiéndose a la muchedumbre que ocupaba la plaza.

Con lo que se concluyó la acta de instalación, retirándose dicho Sr. Presidente y demás Señores Vocales y Secretarios a la Real Fortaleza por entre un inmenso concurso, con repiques de campanas y salva de artillería en aquella: adonde no pasó por entonces el Exmo. Cabildo, como lo había ejecutado la tarde de la instalación de la primera Junta, a causa de la lluvia que sobrevino, y de acuerdo con los Señores Vocales, reservando hacer el cumplido el día de mañana. Y lo firmaron, de que doy fe.

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yanis - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutiérrez - Dr. Julián de Leiva - Cornelio de Saavedra - Dr. Juan José Castelli - Manuel Belgrano - Miguel de Azcuénaga - Dr. Manuel Alberti - Domingo Mateu - Juan de Larrea - Dr. Juan José Passo - Dr. Mariano Moreno - Licenciado, D. Justo José Núñez, Escribano público y de Cabildo.

Concuerda con sus originales que existen en el archivo de este Exmo. Cabildo, a que en lo necesario me refiero. Y de mandato de dicho Exmo. Cabildo, autorizo, signo y firmo el presente, en Buenos Aires, a 2 de Octubre de 1810.
Licenciado, Justo José Núñez, Escribano público y de Cabildo.

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Imagen:

Cabildo de Mayo-DECIDEN EXPULSAR AL VIRREY CISNEROS-PINTURA JUAN MANUEL BLANES.

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